Tenencia de animales potencialmente peligrosos
Según la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, para la posesión o custodia de los animales considerados como potencialmente peligrosos es requisito indispensable la obtención de una licencia municipal, en cuyo caso deberá tramitar este expediente, además de registrar al animal en el Censo municipal de animales de compañía .
Tramitación: Descargar y rellenar la Ficha de registro de animales de compañía y presentar en el registro general del ayuntamiento junto con la documentación que se indica en el impreso de solicitud.
